Equipos de Protección Personal
Toda organización debe tomar en cuenta que la salud y bienestar de su capital humano debe encontrarse siempre dentro de sus prioridades corporativas. Existen regulaciones, propias de cada región, que estipulan las medidas mínimas requeridas para la ejecución de actividades que puedan representar un riesgo para la salud del individuo.
La seguridad industrial es la que tiene por objeto la prevención y limitación de riesgos, así como la protección contra accidentes y siniestros capaces de producir daños o perjuicios a las personas, flora, fauna, bienes o al medio ambiente, derivados de la actividad industrial o de la utilización, funcionamiento y mantenimiento de las instalaciones o equipos y de la producción, uso o consumo, almacenamiento o desecho de los productos industriales. (INS, 2007)
El riesgo se define la correlación de la peligrosidad de uno o varios factores y la exposición de los trabajadores con la posibilidad de causar efectos adversos para su vida, integridad física o salud, o dañar al Centro de Trabajo; y por accidente de trabajo, se entiende como toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. (RSST, 2014)
Programas de Seguridad Industrial
Dentro de los programas de salud ocupacional, el análisis de riesgo enfocado en la salud y bienestar del colaborador, se implementa para garantizar que las medidas de control, necesarias para la ejecución de una actividad de alto riesgo, se encuentren descritas, notificadas y se cumplan en su totalidad.
Por esta y múltiples razones, un programa de seguridad industrial incluye una serie de elementos que permitan garantizar la ejecución, no interrumpida, de producción. Dentro de estos elementos, se hace mención a un punto especifico de alta importancia como lo son los equipos de protección personal.
Se entiende por Equipo de Protección Personal, EPP, cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. (NTP 733, 2000)
Los equipos de protección personal no eliminan los riesgos laborales, sino que su misión consiste en reducir al máximo las consecuencias de un posible daño causado por un accidente de trabajo o enfermedad profesional. Antes de implantar el uso de un equipo de protección individual para minimizar las consecuencias de un posible daño al trabajador, deberá estudiarse la posibilidad de eliminar la situación de riesgo o reducir, en la medida de lo posible, el riesgo presente.
Para tener la condición de Equipo de Protección Personal es necesario hacer las siguientes consideraciones:
- El EPP no tiene por finalidad realizar una tarea o actividad sino proteger de los riesgos que presenta la tarea o actividad. Por tanto, no tendrán la consideración de EPP, las herramientas o útiles aunque los mismos estén diseñados para proteger contra un determinado riesgo (herramientas eléctricas aislantes, etc.)
- El EPP debe ser llevado o sujetado por el trabajador y utilizado de la forma prevista por el fabricante. El EPP debe ser elemento de protección para el que lo utiliza, no para la protección de productos o personas ajenas.
La selección y elección del equipo de protección personal adecuado para proteger contra un determinado riesgo, debe realizarse según los siguientes criterios:
- Analizar y evaluar los riesgos existentes que no puedan evitarse o limitarse suficientemente por otros medios
- Definir las prestaciones que debe satisfacer el EPP, según el riesgo que deba proteger
- Seleccionar el EPP adecuado, que no añada riesgos complementarios y que sea lo más cómodo y adaptable posible. Deberá evitarse que el EPP interfiera en el proceso productivo.
- Consultar con los trabajadores o representantes sobre el equipo de protección individual más adecuado teniendo en cuenta el tipo de trabajo que se efectúa, y las características de los usuarios.
- Informar a los trabajadores de los riesgos para los que se recomienda el uso del equipo de protección individual elegido. Por otra parte, el trabajador está obligado a utilizar el equipo de protección individual y a seguir correctamente las instrucciones de uso de dicho equipo, velando por el correcto funcionamiento del mismo.
Referencia bibliográfica
Portillo. J NTP 733: Criterios de selección de equipos de protección individual (EPI) en minería a cielo abierto. 2000. España. Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo.
Instituto Nacional de Seguros. Manual para Equipos de Protección Personal. 2007. Bogota, Colombia. Departamento de Gestión Empresarial en Salud Ocupacional
Gaceta oficial. Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo. 2014. México. Secretaria del Trabajo y Previsión Social.